Definición, caracterización y modelos de
organización de sus diferentes tipos.Definiciones
Restaurante, según la ordenación turística de restaurantes (Orden del 17
de marzo de 1965), en su Artículo 1º queda definido como: "aquellos
establecimientos, cualquiera que sea su denominación, que sirvan al
público, mediante precio, comidas y bebidas, para ser consumidas en el
mismo local".". Es una definición muy amplia por lo que dispone
en el
Artículo 2º:
Quedan excluidos, sin embargo, del ámbito de aplicación de las presentes
normas:
a. Las cafeterías, que estarán sujetas a lo dispuesto en su específica
ordenación.
b. Los comedores universitarios, las cantinas escolares, los
comedores para trabajadores de una empresa, así como todo
establecimiento dedicado únicamente a servir comidas y bebidas a
contingentes particulares.
c. Los servicios de comidas y bebidas facilitados en los comedores de
los establecimientos hoteleros, tanto a sus huéspedes como al
público en general, los cuales estarán sujetos a lo dispuesto para
los mismos en las normas vigentes para la industria hotelera. No
obstante, los restaurantes, cualquiera que sea su denominación,
explotados con independencia del servicio de comedor por un
establecimiento hotelero, quedarán sometidos a las prescripciones
de esta ordenación, aún cuando se encuentren situados en el mismo edificio.
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